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Estrella Económica - Economía 

17 de marzo de 2003  



La Agencia Tributaria comienza a abonar hoy las primeras devoluciones rápidas del IRPF

Hacienda ha recibido en los diez primeros días del inicio de la campaña un total de 328.608 solicitudes

Estrella Digital/Ep

Madrid

La Agencia Tributaria comenzará a abonar mañana las primeras devoluciones rápidas del IRPF, después de haber recibido en los diez primeros días del inicio de la campaña un total de 328.608 solicitudes, unas 2.000 menos que las solicitadas el pasado año en esta misma fecha.

El objetivo de Hacienda es comenzar hoy las devoluciones y concluirlas antes del 15 de mayo, aunque cuenta con un plazo legal para realizarlas que se prolonga hasta el 17 de junio, fecha a partir de la cual debería abonar intereses de demora.

Este sistema, puesto en marcha por tercer año consecutivo, está dirigido a unos tres millones de contribuyentes españoles con rentas anuales inferiores a 21.035,42 euros brutos, que no están obligados a presentar declaración de la renta.

El plazo para solicitar la devolución rápida comenzó el pasado 1 de marzo y concluye el próximo 15 de abril. Pese a este amplio colectivo, la Agencia Tributaria estima que se acogerán al sistema un porcentaje similar al de la campaña anterior, donde se presentaron un total de 1.217.537 solicitudes, que dieron lugar a 893.926 devoluciones por 227,353 millones de euros.

En la campaña de este año se mantienen los límites cuantitativos de rentas excluyentes similares a los del pasado ejercicio. Así, son considerados contribuyentes no obligados a declarar los que hayan percibido en 2002 exclusivamente rendimientos del trabajo que no superen los 21.035,42 euros procedentes de un único pagador, o si proceden de varios pagadores, cuando la suma de las cantidades del segundo y restantes no supere la cuantía de 601,01 euros.

Si lo percibido de un segundo pagador y sucesivos hubiera superado los 601,01 euros, el límite para no tener que declarar se reduce a 7.813,16 euros brutos anuales. Estos límites se tienen también en cuenta cuando el contribuyente haya percibido pensiones del cónyuge o anualidades por alimentos o cuando el pagador de los rendimientos no esté obligado a retener.

Se excluye de la posibilidad de utilizar el sistema de devolución rápida a los contribuyentes que tengan deducciones por inversión en vivienda habitual o por doble imposición internacional, ni reducciones en la base por aportaciones a planes de pensiones o mutualidades de previsión social. Estos contribuyentes están obligados a presentar la declaración del IRPF.

Principal novedad

La principal novedad de la campaña de devolución rápida de este año es que se enviarán los datos fiscales y el borrador de declaración de la renta a aquellos contribuyentes que presenten la devolución rápida y estén obligados a declarar -el 15% de los que se acogieron al sistema en 2002-, siempre y cuando cumplan los requisitos del 1,5 millones de declarantes a los que se enviará el borrador como prueba piloto.

La Agencia Tributaria ha remitido al domicilio de la mayoría de los contribuyentes no obligados a declarar los modelos de solicitud de devolución (104 y 105).

En concreto, ha enviado 1,4 millones de cartas personalizadas a los declarantes que presentaron declaración el año pasado sin estar obligados y 900.000 cartas más a los que obtuvieron la devolución rápida. Además, Hacienda ha remitido el modelo de solicitud a 270.000 contribuyentes no obligados a declarar.

Los modelos de devolución rápida pueden conseguirse también por teléfono, en la página web de la Agencia (www.aeat.es) o en cualquiera de sus oficinas, y pueden presentarse por correo, a través de Internet o en las administraciones y delegaciones de la Agencia.

Hacienda se encargará de realizar los cálculos, que serán comunicados por escrito al contribuyente, indicándole el procedimiento a seguir para manifestar su disconformidad en el caso de que detecte errores u omisiones en los mismos.



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